Mostrando entradas con la etiqueta Autocaravana. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Autocaravana. Mostrar todas las entradas

martes, 13 de septiembre de 2016

Festival de la Luz 2016 (V Aniversario) - Boimorto (A Coruña)

Este fin de semana hicimos camping de una forma diferente a como estamos acostumbrados...no fuimos a un camping al uso.......NOS FUIMOS DE FESTIVAL!!!! y había una zona de camping para tiendas y aparcamiento para caravanas, autocaravanas y furgos.

Es el Festival de la Luz, en Boimorto (A Coruña) y este año era su V Edición. Un festival solidario que donará su recaudación en taquilla a Oxfam Intermón en beneficio de los afectados por el actual conflicto en Siria, apto para todas las edades y para todos, o casi todos, los gustos musicales (Música tradicional gallega, Rock, Pop, DJ).

Cartel del V Aniversario. Cosecha 2016. Fuente: festivaldelaluz.es

 
Primeras confirmaciones festival de la luz 2016. Fuente: Festival de la luz Boimorto


El festival dura 3 días y como se puede ver en el siguiente mapa, se habilita una zona de acampada para tiendas con dos zonas diferenciadas (Zona joven y familias)  y otra zona para vehículos vivienda (caravanas, autocaravanas, furgos/camper, remolques-tienda) aunque en esta edición también había alguna tienda de campaña en esta zona.

Mapa del recinto. Fuente: festivaldelaluz.es

 Aquí os dejo un enlace a un reportaje sobre el festival y otro a un vídeo para que veais lo que os podéis encontrar si decidís venir en futuras ediciones:

Festival de la luz: esa lucecita...

Vídeo

Control de accesos al festival.

Dentro del recinto frente al escenario de la Luz


Zona Infantil.
Como decía anteriormente, es un festival para todas las edades, y por eso hay una zona infantil. Así los peques podrán disfrutar, aparte de la música de los mayores, de actividades programadas expresamente para ellos (cuentacuentos, magia, teatro, actividades, juegos tradicionales, hinchables...)
Horarios de la zona infantil. Fuente: festivaldelaluz.es
La organización tenía activado un procedimiento para el registro de los menores que accedían al registro en forma de autorización paterna y la Cruz Roja te daba una pulsera para colocarle al menor donde escribían el número de teléfono del padre, madre o tutor legal para ponerse en contacto con él en caso de que el menor se perdiese.

Acceso a la zona infantil.
Zona de Camping.
La zona de camping está indicada en el mapa del recinto pero la zona de vehículos vivienda está hacia arriba del parking PMR y hacia la derecha, donde se indica parking público. Además de los aseos y duchas, se disponía de un servicio de cafetería en una carpa donde se podían adquirir productos de primera necesidad e higiene personal. No utilizamos estos servicios puesto que ya teníamos los nuestros en nuestra caravana pero me dijeron que según que horas había unas colas de espera bastante grandes.

La zona de camping de vehículos tenía desnivel por lo que eran muy útiles las cuñas y calzos para poder nivelar bien el vehículo.

Camping vehículos. Al fonde el escenario Cultivando música.

Otro punto de vista del camping de vehículos.
A la izquierda el escenario Cultivando Música, al fondo en verde el escenario de la luz y un poco a la derecha la carpa blanca de cafetería del camping.

Amanecer desde donde estábamos acampados.

Parking de vehículos al sur de donde estábamos acampados.

Un festival muy recomendable para toda la familia, disfrutamos un montón en compañía de unos amigos y ya estamos esperando que llegue la próxima edición.

Saludos,


martes, 29 de marzo de 2016

Normativa aplicable a instalaciones de gas en caravanas y autocaravanas

El 4 de septiembre de 2006 se publicó en el BOE el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11. (https://www.boe.es/boe/dias/2006/09/04/pdfs/A31576-31632.pdf)

Dicho reglamento aplica a los aparatos e instalaciones siguientes:
g) Instalaciones de GLP de uso doméstico en caravanas y autocaravanas: Instalaciones compuestas por uno o varios envases de GLP, tuberías, accesorios y aparatos ,incluidos éstos, para suministro doméstico en vehículos caravana o auto-caravana. No se considerarán parte de la instalación los aparatos portátiles que incorporen su propia alimentación o los envases y aparatos de gas independientes y externos a la carrocería del vehículo.

h) Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos: están constituidas por el conjunto de tuberías...

No tendrán el carácter de instalación receptora las instalaciones alimentadas por un único envase o depósito móvil de gases licuados del petróleo (GLP) de contenido inferior a 15 kg, conectado por tubería flexible o acoplado directamente a un solo aparato de utilización móvil. (quiere decir que no será de aplicación la ITC-ICG 06 a estas instalaciones alimentadas por un único envase móvil)

i) Aparatos de gas: Aparatos que utilizan los combustibles gaseosos.

Los aparatos de gas debe estar fabricados, comercializados y de conformidad con la normativa de aplicación según la ITC-ICG 08. (Deben llevar una placa de características con indicación, entre otras, de fabricante, marca y modelo, número de serie, tipo de gas y presión, potencia/consumo, etc.)

ITC-ICG 10 Instalaciones de gases licuados del petróleo (GLP) de uso doméstico en caravanas y autocaravanas

Se aplica a las instalaciones y aparatos de GLP para usos doméstico en vehículos habitables de recreo de carretera, como caravanas o autocaravanas. Se excluyen del ámbito de aplicación los aparatos portátiles que incorporan su propia alimentación de gas. Las prescripciones relativas al mantenimiento y control periódico de las instalaciones serán aplicables tanto a las instalaciones nuevas como a las existentes.

El diseño, construcción y montaje de las instalaciones se realizará con arreglo a lo establecido en la norma UNE-EN 1949:2011.

La ejecución de la instalación será realizada por una empresa instaladora de gas.

Documentación y puesta en servicio

La empresa instaladora cumplimentará el correspondiente certificado de instalación indicado en el anexo 1 de esta ITC, que se emitirá por triplicado, con copia para el titular de la instalación y para el órgano competente de la Comunidad Autónoma aunque no es precisa ninguna comunicación a dicho órgano competente. No obstante, el titular conservará, y tendrá a disposición de la Administración, el certificado de instalación que refleje la instalación de envases de GLP.


Modelo IRV-1. Certificado de instalación

Condiciones de utilización

La presión de funcionamiento de los aparatos de gas deberá ser de 30 mbar.
Los envases, tanto los conectados a la instalación como los vacíos, situados en el interior o en el exterior del volumen habitable deben estar sujetos, tanto durante su utilización como con el vehículo en movimiento.
Se deberán desconectar los envases de la instalación en estacionamientos prolongados sin utilización de la instalación de gas.
No podrán utilizarse las tuberías de la instalación de gas como conductores para la instalación de puesta a tierra o para instalaciones eléctricas o radioeléctricas.

Mantenimiento y revisiones periódicas

Los titulares o, en su defecto, los usuarios de las instalaciones de GLP, serán los responsables de la conservación y buen uso de dicha instalación.

El titular de la instalación deberá encargar cada cuatro años a una empresa instaladora autorizada la revisión de la instalación y aparatos de GLP.


Modelo IRV-2. Certificado de revisión periódica

Ejemplo de aparatos excluidos de la aplicación de las instrucciones ITC-ICG 06 e ITC-ICG 11 (aparatos portátiles que incorporan su propia alimentación de gas e instalaciones alimentadas por un único envase o depósito móvil de gases licuados del petróleo (GLP) de contenido inferior a 15 kg, conectado por tubería flexible o acoplado directamente a un solo aparato de utilización móvil)

Hornillo "Campingaz"


Estufa a gas


Hornillo de cartuchos de gas


Hornillo a gas


Paellero a gas




jueves, 4 de febrero de 2016

¿Qué cable compro para conectar mi caravana al cuadro eléctrico del camping?

Lo primero que pensamos cuando queremos comprar un cable alargador para conectar la caravana al cuadro eléctrico del camping es pues voy a una ferretería o a un centro de bricolaje de esos de grandes superficies y pido un cable alargador para exteriores.

Pues debemos saber que, aunque hagamos eso, ese cable está regulado y normalizado, es decir, no vale cualquiera, ni siquiera vale aunque el vendedor nos diga que es apto para exteriores.

El Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión se aprobó por Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto, y en él se establecen las condiciones técnicas y garantías que deben reunir las instalaciones eléctricas conectadas a una fuente de suministro en los límites de baja tensión, con la finalidad de:
  1. Preservar la seguridad de las personas y los bienes.
  2. Asegurar el normal funcionamiento de dichas instalaciones y prevenir las perturbaciones en otras instalaciones y servicios;
  3. Contribuir a la fiabilidad técnica y a la eficiencia económica de las instalaciones.
El Reglamento tiene una serie de instrucciones técnicas, siendo la ITC-BT-41 la que regula las instalaciones eléctricas en caravanas y parques de caravanas.

Vamos a ver qué dice esta instrucción:

Objeto y campo de aplicación: el objeto de la presente instrucción es determinar los requisitos de instalación de las caravanas y los parques de caravanas.
Condiciones generales de instalación: las prescripciones particulares para este tipo de establecimientos o instalaciones son las establecidas en la norma UNE 20.460-7-708.

¡Y ya está! No dice más. Así que vamos a ver que dice la norma UNE 20.460-7-708.

Pues dice que la norma aplica a aquellas partes de la instalación eléctrica en parques de caravanas que proporcionen facilidades para la alimentación de vehículos habitables de recreo (incluidas caravanas) o tiendas de campaña.

Luego hay una serie de definiciones que a los usuarios de camping, nos resultarán raras:

Campo de caravanas: parcela de terreno para ser ocupada por una tienda de campaña o por un vehículo habitable de recreo.

Parque de caravanas: área de terreno que contiene dos o más campos de caravanas. (¿será sinónimo de camping?)

En el apartado de aparamenta dice que el equipo que suministra electricidad al campo de caravanas debe estar a no más de 20 m de la conexión sobre la caravana o tienda de campaña. Todos sabemos que hay campings en los que no te llegan 20 m de cable para ir a conectarte al cuadro eléctrico.

También dice que cada base de toma de corriente debe cumplir lo especificado en la norma EN 60390-2 (ver IEC 60309), lo que es lo mismo, que tiene que ser una toma de corriente industrial (CEE 17) de IP44 como mínimo y que la corriente en la toma no debe ser inferior a 16 A (todos sabemos que tendremos suerte si el camping facilita 10 A, que los he visto de 5 y 6 A solamente)

Por último, en el anexo A dice que los medios de conexión deberían constar de un cable flexible del tipo H07RN-F o equivalente, que incluya conductor de protección, de 25 m de longitud máxima y sección mínima de 2,5 mm² de Cu para 16 A.



Si nos vamos a la ficha de características del cable de algún fabricante, por ejemplo Prysmian Ficha H07RN-F veremos que las características del cable son:
  • Cable flexible
  • No propagación de la llama UNE-EN 60330-1-2
  • Resistencia a la absorción de agua
  • Resistencia al frío
  • Resistencia a los rayos ultravioleta
  • Resistencia a los agentes químicos
  • Resistencia a las grasas y aceites
  • Resistencia a la abrasión
  • Resistencia a los golpes
En la propia ficha del fabricante se mencionan las aplicaciones de este cable entre las que figuran "Caravanas y parques de caravanas (ITC-BT-41).

Y las mismas especificaciones encontraremos si nos vamos a las webs de otros fabricantes: Top Cable:



Por eso teniendo en cuenta las características del cable H07RN-F y que la norma deja abierta la posibilidad de utilizar uno "equivalente" se puede poner otro tipo de cable siempre que tenga las mismas características pero ojo porque no todos los que venden como "aptos para exterior" las tienen. Las principales características que marcarán la diferencia de este cable con otros serán la resistencia al agua, a los rayos ultravioleta, agentes químicos y grasas y aceites.




martes, 26 de mayo de 2015

Permisos de conducción B, C, E y autorizaciones 96 y 97.

Hoy vamos a explicar los distintos permisos de conducción que nos autorizan a conducir automóviles y remolques.

El 8 de junio de 2009 se publica en el BOE el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores (http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2009-9481). Dicho reglamento ha sufrido algunas pequeñas modificaciones por lo que el documento consolidado, con las modificaciones incluidas, puede leerse aquí http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2009-9481

En el artículo 4 se relacionan las clases de permisos de conducción y los vehículos que se pueden conducir con dicho permiso:

CLASE B: El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:

Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

Esa última frase resaltada en negrita implica que se ha de cursar una formación completa o superar una prueba de aptitud y comportamiento.

El punto 5 del artículo 5 del Reglamento dice lo siguiente: "Para conducir un conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el caso de que el conjunto así formado exceda de 3.500 kg, será necesario superar la prueba de control de aptitudes y comportamientos que se indica en los artículos 48.2 y 49.2. Esta prueba podrá sustituirse por la superación de una formación en los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior."

La superación de dichas pruebas se identificará en el carné con el código 96. Por eso se conoce como B96, que no es una clase de permiso si no una autorización (96) para llevar los conjuntos de vehículos mencionados en el párrafo anterior.

El código 96 es un código comunitario armonizado reflejado en el Anexo I del Reglamento General de Conductores y que significa "Vehículos de categoría B que lleven enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada de esta combinación exceda de 3500 kg, pero no sobrepase los 4250 kg."

Este código es comunitario y, dado que el citado Reglamento en su disposición final quinta dice que se incorporan al derecho interno la Directiva 2006/126/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre, sobre el Permiso de Conducción y la Directiva 2008/65/CE, de 27 de junio, por la que se modifica la Directiva 91/439/CEE, sobre el Permiso de Conducción, (http://www.boe.es/doue/2006/403/L00018-00060.pdf) es un código válido tanto en España como en el resto de países de la Unión Europea.

Como leí en varios sitios que la autorización B96 es válida sólo en España hice una consulta a @DGTes y esto es lo que han contestado:



CLASE B + E: autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

CLASE C1: El permiso de conducción de la clase C1 autoriza para conducir automóviles distintos de los que autoriza a conducir el permiso de las clases D1 o D, cuya masa máxima autorizada exceda de 3500 kg y no sobrepase los 7500 kg, diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

CLASE C1 + E:  autoriza para conducir los siguientes vehículos:
 
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C1 y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto así formado no exceda de 12.000 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
 
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 12.000 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
 
CLASE C: autoriza para conducir automóviles distintos de los que autoriza a conducir el permiso de las clases D1 o D, cuya masa máxima autorizada exceda de 3500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
 
CLASE C + E: autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
 
AUTORIZACIÓN 97: la autorización 97 es una autorización que limita el permiso de la clase C1 a conducir aquellos vehículos que no estén obligados a llevar tacógrafo. El Reglamento dice textualmente para la autorización 97: "No autorizados a conducir un vehículo de categoría C1 que entre en el ámbito de aplicación del Reglamento (CEE) n.º 3821/85 del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera." Esta autorización será necesaria, por ejemplo, para conducir autocaravanas con MMA superior a 3500 kg, dado que hay fabricantes que ofrecen algunos modelos con MMA superior a 3500 kg.
 
Por ejemplo, si la MMA de la autocaravana es superior a 3500 kg y en función de si llevase o no remolque de MMA superior a 750 kg, podría ser necesario el C1-97 o el C1E-97 (sin remolque o con remolque de MMA de menos de 750 kg en el primer caso y con remolque de MMA de más de 750 kg en el segundo).
 
En esta sencilla hoja de cálculo https://docs.google.com/spreadsheets/d/16yf-mLZYORucYO0SnD7akTBTgP32FhrLJCHwddr2iZ4/edit?usp=sharing se puede comprobar el tipo de permiso necesario para llevar un vehículo y un remolque. Basta con introducir la MMA del vehículo y la MMA del remolque. (la hoja no tiene en cuenta otras posibles restricciones a la hora de llevar el conjunto como puede ser la Masa Máxima Remolcable, MMR, y la Masa Máxima del Conjunto, MMC)

 
EXAMEN PARA OBTENCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN 96:
 
El examen consta de dos maniobras Estacionamiento en línea y salida y Acoplamiento y desacoplamiento del remolque.
 
En la web de la DGT https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/permiso-de-conduccion/maniobras/permiso-b-con-autorizacion-para-conjunto-entre-3500-y-4250-kg-de-mma.shtml se pueden ver los vídeos con las maniobras de examen para la autorización 96.
 
 
Maniobra I. Estacionamiento en línea y salida:
 
 
 
Maniobra M. Acoplamiento y desacoplamiento del remolque:
 
 
 
 
EXAMEN PARA EL PERMISO B + E:
 
El examen consta de 3 maniobras: Marcha atrás en recta y curva; Acoplamiento y desacoplamiento del remolque (igual que en al autorización 96) y Estacionamiento seguro para cargar y descargar.
 
En la web de la DGT están disponibles tanto los esquemas como los vídeos de las maniobras, https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/permiso-de-conduccion/maniobras/permiso-b-e.shtml.
 
 
Maniobra G. Marcha atrás en recta y curva
 
 

 
 
Maniobra N. Estacionamiento seguro para cargar y descargar.